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Por: Eduardo Esquivel Ancona
La discusión sobre las pensiones en México tiene una deuda histórica con quienes advirtieron que convertir el ahorro para el retiro en un negocio financiero podía tener consecuencias profundas para los trabajadores. Entre esas voces destacó la del ingeniero Cuauhtémoc Cárdenas Solórzano, cuya oposición al modelo de las Administradoras de Fondos para el Retiro (AFORE) respondió a una convicción política y económica: la seguridad social no debía quedar subordinada a la rentabilidad del capital privado.
Su fallecimiento representa una pérdida para la vida política nacional. Cárdenas fue uno de los protagonistas de la apertura democrática del país y de la construcción de una alternativa de izquierda que, décadas después, alcanzaría la Presidencia de la República. Sin embargo, su legado no debe limitarse a las urnas, a la fundación del Partido de la Revolución Democrática (PRD) o a su trayectoria como gobernante de la Ciudad de México. También merece revisarse su postura frente a uno de los cambios estructurales más importantes de la economía mexicana: la transformación del sistema de pensiones.
En 1996, durante el gobierno de Ernesto Zedillo, se aprobó el marco legal que dio paso al sistema de cuentas individuales administradas por las AFORE, cuyo funcionamiento comenzó en julio de 1997. La izquierda encabezada por Cárdenas cuestionó aquella transformación porque consideraba que trasladaba una parte fundamental de la responsabilidad social del Estado hacia los mercados financieros.
No era una discusión menor. Estaba en juego quién administraría los recursos de los trabajadores, bajo qué criterios se invertirían y, sobre todo, quién asumiría las consecuencias cuando el ahorro acumulado resultara insuficiente para financiar una vejez digna.
La advertencia sobre el negocio de las pensiones
La crítica de Cárdenas y del PRD tenía tres dimensiones fundamentales.
La primera era social: convertir el sistema de pensiones en un esquema de cuentas individuales significaba modificar la naturaleza de una prestación vinculada históricamente con la seguridad social. Desde esa perspectiva, el retiro no debía tratarse como un producto financiero sujeto a la capacidad de ahorro de cada trabajador, sino como un derecho que requería garantías públicas.
La segunda era económica: las comisiones cobradas por las administradoras y los resultados de las inversiones podían reducir el patrimonio disponible al momento de la jubilación. En un país caracterizado por salarios bajos, informalidad laboral y trayectorias de cotización intermitentes, trasladar una mayor responsabilidad al ahorro individual implicaba riesgos considerables.
La tercera tenía que ver con el destino del ahorro nacional. Los recursos de los trabajadores comenzaron a desempeñar un papel relevante en el financiamiento de instrumentos y proyectos de inversión. Aunque este mecanismo puede contribuir al desarrollo económico, la pregunta central siempre debió ser quién obtiene los beneficios y quién absorbe los riesgos.
La rentabilidad del sistema financiero no necesariamente se traduce en una pensión suficiente para quien trabajó durante décadas.
Ley 73 frente a Ley 97: dos modelos con consecuencias distintas
La diferencia entre ambos regímenes permite entender la dimensión económica de aquella controversia.
El sistema de la Ley del Seguro Social de 1973 establecía un esquema de beneficio definido, financiado bajo un modelo de reparto. La pensión se calculaba considerando el salario promedio de las últimas 250 semanas cotizadas, el número de semanas acumuladas y la edad de retiro.
En este régimen, el trabajador que cumple los requisitos tiene derecho a una pensión de carácter vitalicio, cuyo financiamiento corresponde al esquema de seguridad social. Para quienes alcanzan los 65 años se aplica el porcentaje correspondiente a la pensión por vejez, aunque esto no significa que automáticamente reciban el 100% de su último salario.
La Ley 97, por el contrario, introdujo un modelo de capitalización individual. Cada trabajador cuenta con recursos acumulados mediante aportaciones obligatorias, rendimientos de inversión y, en su caso, ahorro voluntario.
La diferencia económica es fundamental: mientras en el esquema anterior el monto de la pensión se determina mediante una fórmula legal que considera el salario y las semanas cotizadas, en el nuevo modelo el ahorro acumulado y los rendimientos financieros adquieren un papel determinante.
Esto significa que dos trabajadores con trayectorias laborales similares pueden terminar con pensiones diferentes dependiendo de sus salarios, continuidad de cotización, aportaciones y resultados de inversión.
| Característica | Ley 73 | Ley 97 |
|---|---|---|
| Modelo | Beneficio definido | Cuenta individual |
| Cálculo | Salario promedio de las últimas 250 semanas y semanas cotizadas | Saldo acumulado y modalidad de pensión |
| Financiamiento | Esquema de seguridad social | Ahorro individual y aportaciones |
| Riesgo | Responsabilidad financiera del sistema público | Exposición a rendimientos y trayectoria de ahorro |
| Protección | Pensión vitalicia conforme a la ley | Renta vitalicia, retiro programado o pensión garantizada, según los requisitos |
Es importante recordar que la Ley 73 corresponde a quienes comenzaron a cotizar antes del 1 de julio de 1997 y cumplen los requisitos para acogerse a ese régimen. La Ley 97 aplica a quienes comenzaron a cotizar a partir de esa fecha.
Además, las reformas posteriores han modificado el funcionamiento del sistema. En 2020 se aprobaron mayores aportaciones patronales y una reducción gradual de las semanas necesarias para acceder a una pensión. Para 2026, el requisito transitorio es de 875 semanas cotizadas. También se fortaleció la Pensión Garantizada para determinados trabajadores.
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El costo de convertir el retiro en un asunto de mercado
Desde una perspectiva económica, el debate no debe reducirse a defender un sistema anterior o rechazar cualquier participación financiera privada. El verdadero problema consiste en determinar si el modelo garantiza que una persona pueda vivir dignamente después de décadas de trabajo.
Las AFORE cumplen una función importante en la captación y administración del ahorro nacional. Sus inversiones pueden contribuir al financiamiento de infraestructura, empresas y proyectos productivos. Sin embargo, el crecimiento de los recursos administrados no debe confundirse con el bienestar de los pensionados.
Un sistema puede registrar mayores activos, rendimientos positivos y expansión financiera, pero seguir enfrentando el problema de las pensiones insuficientes.
Ahí radica una de las principales contradicciones del modelo: el ahorro de los trabajadores puede convertirse en una fuente de financiamiento para la economía, mientras que quienes aportaron durante su vida laboral no necesariamente obtienen una jubilación que corresponda a sus necesidades.
Tampoco puede ignorarse que el antiguo régimen enfrentaba presiones actuariales y demográficas que obligaban a revisar su sostenibilidad. La transición de 1997 respondió, entre otros factores, al envejecimiento poblacional y a los desequilibrios financieros del sistema anterior. Pero reconocer esos problemas no significa que cualquier solución fuera necesariamente la mejor para los trabajadores.
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Una advertencia que sigue vigente
La discusión que planteó Cuauhtémoc Cárdenas conserva actualidad porque el sistema de pensiones sigue siendo uno de los grandes desafíos económicos y sociales de México.
Las reformas impulsadas durante el gobierno de Andrés Manuel López Obrador modificaron las aportaciones patronales y fortalecieron los mecanismos de protección para mejorar las tasas de reemplazo. Posteriormente, la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar abrió otra discusión sobre la responsabilidad del Estado para garantizar mejores ingresos durante la vejez.
El reto consiste en avanzar hacia un sistema que combine sostenibilidad financiera, justicia distributiva y protección social, sin convertir el ahorro de los trabajadores en un fin en sí mismo.
La economía no puede medirse únicamente por el comportamiento de los mercados, las utilidades de las administradoras o el volumen de recursos invertidos. También debe evaluarse por la capacidad de garantizar que quienes construyeron la riqueza nacional tengan una vejez con seguridad económica.
Cuauhtémoc Cárdenas entendió que detrás de una reforma pensionaria no solamente había cifras, balances financieros y decisiones administrativas. Había millones de trabajadores que depositaban en el Estado la confianza de recibir una jubilación después de entregar buena parte de su vida al desarrollo del país.
Su oposición al modelo de cuentas individuales fue parte de una discusión sobre el papel del Estado, la responsabilidad social y los límites del mercado.
Hoy, ante el desafío de construir pensiones suficientes y sostenibles, aquella controversia merece ser revisada sin prejuicios.
Porque el ahorro para el retiro no es dinero disponible para hacer negocios con la vejez de los trabajadores: es el patrimonio que millones de mexicanos construyen con su esfuerzo y que debe garantizarles una vida digna cuando llegue el momento de dejar de trabajar.
Esa es, quizá, una de las discusiones económicas más importantes que deja abierta el legado político de Cuauhtémoc Cárdenas.