Opinión

Tablero del desafuero

S
Staff Domo de Cristal
18 de agosto de 2026, 5:30 am
Tiempo 3 min
Tablero del desafuero

Así lo dice La Mont

Movimientos: El ajedrez político en el Palacio Legislativo de San Lázaro vuelve a colocar bajo los reflectores a la Sección Instructora, una de las instancias más decisivas y temidas de la Cámara de Diputados. Con la eventual presidencia de esta comisión jurisdiccional en manos del diputado Sergio Gutiérrez Luna, la maquinaria parlamentaria se prepara para reactivar expedientes de alto calibre, entre los que destaca la solicitud de desafuero contra el senador y dirigente nacional del PRI, Alejandro Moreno Cárdenas.

La reactivación de este proceso, promovido originalmente a partir de las investigaciones de la Fiscalía General del Estado de Campeche por presunto enriquecimiento ilícito, desvío de recursos y uso indebido de atribuciones, coloca a Gutiérrez Luna en el epicentro de un arbitraje que trasciende lo estrictamente procesal.

Para la mayoría legislativa y sus aliados, encabezar este órgano representa la oportunidad de descongelar una herramienta de control político y rendición de cuentas; para la oposición, se perfila como un mecanismo de presión sobre el liderazgo priista. Así, la Sección Instructora se convierte en el fiel de una balanza donde también se dirime el equilibrio de poder en el Congreso.

Liturgia: El trámite formal de una declaración de procedencia sigue una ruta rigurosa establecida en la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos. La Sección Instructora está integrada únicamente por cuatro diputados, una configuración deliberadamente reducida que exige consensos internos y en la que Morena y sus aliados mantienen el control mayoritario.

Una vez radicado el expediente, este grupo de legisladores debe notificar al imputado y abrir un periodo probatorio de 30 días para el desahogo de las pruebas ofrecidas tanto por la parte acusadora como por la defensa. Posteriormente, se concede un plazo adicional para la presentación de alegatos, antes de emitir el dictamen correspondiente.

Si la mayoría de los integrantes de la Sección Instructora determina que existen elementos suficientes para proceder penalmente, el proyecto se remite a la Mesa Directiva para que convoque al pleno de la Cámara de Diputados, constituido formalmente como Jurado de Procedencia.

En esta sesión, con la asistencia del quórum legal, ambas partes exponen sus argumentos en tribuna y la asamblea somete el dictamen a votación. Si este es aprobado, no se condena al servidor público; simplemente se retira la inmunidad procesal para que pueda enfrentar a la justicia ordinaria.

Registro: En la historia parlamentaria reciente de México, la pérdida de la inmunidad constitucional ha sido una medida excepcional, reservada para casos de enorme gravedad y alto impacto mediático.

Durante las últimas dos legislaturas federales, San Lázaro retiró el fuero a tres diputados. En abril de 2019, se aprobó el desafuero del legislador morenista Cipriano Charrez Pedraza, tras su involucramiento en un accidente automovilístico con saldo fatal. En agosto de 2021, durante una misma sesión extraordinaria, el pleno aprobó los desafueros de Benjamín Saúl Huerta, acusado de abuso sexual contra menores, y de Mauricio Toledo Gutiérrez, señalado por presunto enriquecimiento ilícito.

Estos antecedentes, a los que se suman episodios más remotos como los de Lucero Sánchez en 2016 y Julio César Godoy Toscano en 2010, muestran que el levantamiento de la inmunidad legislativa es un recurso poco frecuente. Cuando prospera, suele ser porque la presión judicial termina por converger con una determinación política contundente.

Por: Federico Lamont

Deja tu opinión

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *